El acuerdo establece una pena de tres años de prisión en suspenso, seis años de inhabilitación para conducir, el cumplimiento de normas de conducta y la realización de tareas comunitarias en el cuartel de bomberos de Tilisarao.
La audiencia estuvo a cargo del juez Nicolás Damián Coppola, con la participación del fiscal de Instrucción N° 1, César Hugo Salazar Molina, los representantes de la querella, Tobías Ariel González y María de los Ángeles Tapia, y la defensa, ejercida por la abogada María Valentina Rothe.
Según expuso la Fiscalía, el 6 de noviembre de 2021, en horas de la madrugada, el imputado conducía un vehículo que colisionó con Martín Padilla, quien caminaba por la banquina, provocándole la muerte. Tras el reconocimiento de responsabilidad por parte de Rial, el Ministerio Público Fiscal y la defensa acordaron la aplicación del procedimiento abreviado previsto en el artículo 234 del Código Procesal Penal de San Luis.
La querella manifestó su oposición al acuerdo, argumentando que no se cumplían los requisitos procesales para aplicar esta vía. Sin embargo, el juez hizo lugar al pedido de la Fiscalía y la defensa, y elevó la causa a la Cámara Penal de la Tercera Circunscripción Judicial para su continuidad, con la opción de que sea resuelta por un tribunal unipersonal.
Fuente Periódico judicial